El Gobierno modifica la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios

Fecha: 
10/11/2009

El real decreto aprobado por el Gobierno aporta, como novedades, que se dote de contenido a la definición de fibra alimentaria. La norma expone que es aconsejable, que en la definición de fibra alimentaria, se incluyan polímeros de hidratos de carbono con uno o varios efectos fisiológicos. Se establece, además, el factor de conversión de la fibra alimentaria para el cálculo del contenido energético de los alimentos,  y  un factor de conversión específico para el eritritol, sustancia de efecto edulcorante con menor contenido calórico que el azúcar.  Además, se actualiza el anexo relativo a las vitaminas y minerales que pueden declararse en el etiquetado, sobre propiedades nutritivas y sus cantidades diarias recomendadas. Mediante este real decreto, se traspone la última directiva comunitaria de 2008 sobre la materia, que tiene por finalidad complementar la regulación actual. El etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios, es el que informa sobre los distintos elementos esenciales que influyen en nuestra dieta, como el valor energético o los nutrientes del producto. Se establece, asimismo, un período transitorio amplio para la comercialización de los productos alimenticios, que cumplen la normativa vigente y permite la comercialización de los mismos hasta el 30 de octubre de 2012.

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