La Audiencia provincial de Santa Cruz de Tenerife dictó el pasado 18 de septiembre dos sentencias en las que se declaran nulas de pleno Derecho las llamadas cláusulas suelo contenidas en sendas hipotecas negociadas por una entidad bancaria local a cuenta de la llamada Hipoteca Joven del Gobierno de Canarias.
Estas sentencias suponen las primeras en que el alto tribunal provincial aplica la nueva doctrina, que considera nulas este tipo de cláusulas al considerar que se vulneran los derechos que protegen a los consumidores y usuarios.
De la importancia de estas decisiones judiciales dan fe dos hechos: Por un lado, hasta ahora se venía aplicando la normativa contenida en el Derecho Civil respecto a los vicios del consentimiento prestado por parte del cliente cuyo legislador, desde luego, ni imaginaba lo que llegaría a suponer el fenómeno de la contratación seriada y el impacto que tiene hoy en las relaciones contractuales entre particulares.